DECISIONES DE LOS GRUPOS DE PODER SOBRE EL TRASLADO DE PRESOS PROVINCIALES A UNIDADES FEDERALES: ACIERTOS Y ERRORES (CPU – Batán)

La visión cotidiana de los hechos que, en más de una ocasión nos sobrepasa, desde nuestra humilde perspectiva de meros observadores (afectados o no), nos lleva necesariamente a brindar una opinión fundada (que seguramente será relevante para unos pocos) desde nuestra condición de habitantes en contexto de encierro.

Recordando lo expuesto por Herbert Simon en “Toma de Decisiones”, donde define DECISION como “la elección alternativa de un curso de acción a seguir”. Podemos afirmar sin temor a hesitación, que en numerosas oportunidades esa toma de decisiones no se corresponde con lo correcto.

Se habla específicamente de la decisión de la Sra. Gobernadora de la Provincia de Buenos Aires María Eugenia Vidal, referida al traslado intempestivo (con el consecuente alojamiento) de internos alojados en las Unidades Carcelarias de la Provincia de Buenos Aires en Unidades Penitenciarias Federales dispersas a lo largo y ancho de nuestro territorio nacional. Decreto fundado en la imperiosa necesidad de solucionar el problema archiconocido de superpoblación carcelaria que afecta a todas y cada una de las Unidades Penales Provinciales.

Entendemos, desde nuestra perspectiva, que el remedio ofrecido no es lo eficaz que quiere hacerse ver. Se trata de “ocultar la basura bajo la alfombra”, o de “darle un analgésico a un moribundo”. Creemos sencillamente que el problema de fondo es mucho más profundo y como tal merece ahondar en la cuestión.

No se observa, por ejemplo, que se desarraiga por completo su núcleo familiar. Que se impone el doble castigo al condenado: el de purgar una condena por un delito cometido contra la sociedad, y no conforme con eso, aislarlo por completo de sus afectos. Que en contexto de encierro son necesarios, imprescindibles, vitales para aquellos que en algún momento esperan retornar al medio libre.

Para modificar las pautas de conducta de una persona que alguna vez delinquió y desea reinsertarse es fundamental conocer ¿Quién lo espera? Aislarlo por completo de quien lo asiste y lo contiene, significa profundizar aún más el estigma que significa egresar de un Régimen carcelario con una perspectiva incierta laboral, con una sociedad que seguramente ofrecerá reparos en acogerlo y sin la mano amiga de su “ser querido” que lo ayude a levantar.

No creemos que sea una decisión correcta, si se nos permite, “cambiar los muebles de lugar”. La “casa seguirá ofreciendo poco espacio”. Las Cárceles Federales del interior del país están tan superpobladas como las de nuestra Provincia de Buenos Aires. El problema se resolverá en el corto plazo, pero volverá a florecer y con características más graves, en un futuro próximo.

Madres, esposas, hijos, hermanos, amigos conviven a diario en los patios de visita de las Unidades Carcelarias, mostrando el único momento grato que puede tener el recluso al compartir pequeños momentos con quienes le brindan su calidez y amor; con aquellos que lo aceptan a pesar del error cometido.

Esta medida no hace más que “cosificar” al interno. Se deja de lado el espíritu humano. Se pierde de vista el sentido de Progresividad de la Pena y el derecho de Reinserción Social del condenado al medio libre.

¿Qué perspectiva se le puede ofrecer a una persona que además de cumplir el tiempo de encarcelamiento que demande la pena por el delito cometido, se lo condena, además, al ostracismo y la lejanía de sus afectos por un problema de emergencia económica que converge en una superpoblación carcelaria? ¿Qué culpa tiene el recluso de que el Estado por ineficiencia o por falta de previsión no pueda atender las demandas de un Sistema de Justicia que no muestra soluciones desde tiempos inmemoriales?

La consigna no debe ser excluir al condenado de por vida. Descartarlo lo más lejos posible. Se deben ofrecer alternativas viables para una realidad circundante que no es la mejor:

  • Un Servicio Penitenciario Bonaerense obsoleto con políticas represoras nefastas no son la mejor alternativa de cambio. Lo Departamentos Técnicos Criminológicos de la Unidades emiten dictámenes “pre condenatorios” totalmente erróneos, basados en opiniones de Grupos de Admisión y seguimiento que no existen en la Unidades (nadie se interesa por la vida y los problemas del interno), en predicciones mágicas de un profesional en psicología que en una entrevista de entre 10 y 20 minutos establece que esa persona “con seguridad” volverá a reincidir en patrones de conducta erróneos y que no es aconsejable su reinserción…
  • Nunca existe un acompañamiento integral del interno. No se lo estimula a capacitarse y se le brindan herramientas para una inserción laboral. El S.P.B. se contenta con tener aislado en una celda a quien cometió un delito. NO ES ESE EL FIN RESOCIALIZADOR DE LA LEY. Mucho menos la lejanía de sus seres queridos.
  • Los Magistrados que toman las decisiones, empañados por falsos dictámenes, y con la pre concepción de violencia social que cohabita en nuestra sociedad, tienden en sus fallos a condenar a perpetuidad a quien cometió un delito. No entienden un cambio de mentalidad o la reparación del daño cometido.
  • Existen infinidad de delitos de poca pena prevista en Nuestro Código Penal, que podrían suplirse con trabajos comunitarios o con algún tipo de arresto o prisión domiciliaria. Disminuiría el caudal poblacional.
  • Existen una gran cantidad de internos con penas de prisión más importantes que han observado las pautas de comportamiento y los lineamientos del Régimen Carcelario que se encontrarían en condiciones de acceder a una Libertad anticipada. Si los informes del penal fueran veraces y se obrara con eficiencia, el número de habitantes en contexto de encierro disminuiría aún más.

Con todo lo afirmado se buscan soluciones a los problemas que existen; que no sea necesariamente establecer una condena sobre otra condena. No castiguemos más allá de lo que establece la Ley a quien cometió un delito. Brindémosle la posibilidad de un cambio. No estigmaticemos, ni busquemos remedios “mágicos”. Dejemos que sean los jueces quienes condenan por los muchos delitos sociales.

Aislar a una persona de su núcleo familiar por una decisión desacertada del poder de turno, puede significar cambiar el carril de miles de vidas afectadas, que seguramente necesiten una oportunidad de vida al lado de sus afectos una vez que finalice su condena.

 

 

CPU BATAN.ORG

 

 

ALONSO JUAN ALBERTO

PRESIDENTE –CPU BATAN